jueves, 2 de agosto de 2018

Sujeto Activo y Sujeto Pasivo


Sujeto Activo y sujeto Pasivo

En la comisión de un hecho delictivo participan dos tipos de sujetos el primero de ellos el sujeto activo (infractor), el sujeto activo es aquel individuo que lleva a cabo la comisión del ilícito, infringiendo a si mismo la ley, es sobre el sujeto activo que el sistema de Administración de la Justicia debe actuar, al que debe sancionar o privar de libertad según el tipo de delito que se haya cometido, recordemos que el Sistema de Administración de la Justicia, es el ente encargado de velar por que la aplicación de la leyes se lleven a cabo de forma pronta, justa y cumplida, dicho lo anterior podemos entonces determinar que un buen Sistema de la Administración de la justicia, velara por castigar y aplicar las justica como deber ser sobre el sujeto activo.
Ahora bien el segundo sujeto que participa en el ilícito, aunque de forma indirecta, es el sujeto pasivo (Víctima), el sujeto pasivo es  aquel individuo que resulta ofendido, tras la comisión del ilícito, es a quien les violentan sus derechos o a quien sus bienes jurídicos tutelados por la ley se le violentan, en años atrás se les consideraba como la parte débil del delito, y poco “importante”, con el pasar de los años por dicha se pudo cambiar ese concepto, y aunque aún se puede indicar que es la parte débil, sin embargo con la diferencia de que ahora es considerada como parte indispensable dentro de los procesos penales, ya que es la víctima la que normalmente nos genera información importante que le permite a los investigadores y autoridades judiciales, lograra esclarecer su investigación y así mismo completarla satisfactoria, logrando sancionar al infractor y devolviéndole un poco de tranquilidad a la víctima así como la credibilidad de la justicia.
Es importante recalcar que cualquier individuo  puede ser un sujeto pasivo o un sujeto activo, se han presentado casos en que los sujetos activos pasan a hacer sujeto pasivos y viceversa.

Ejemplo:
 X sujeto comete un delito (violación a menor de 12 años de edad), recordemos que existen cierto tipo de delitos que son más recriminados que otros, la violación es uno de ellos, considerado como unos de los delitos más atroces y reprochable y más aún si la víctima es menor de edad, ahora bien volvamos al caso, la menor de edad (12 años), es abusada sexualmente por un desconocido quien aprovecha que la misma transita en un lugar solo y oscuro, para cometer el ilícito, posterior a la agresión se dirige a las autoridades judiciales para interponer la respectiva denuncia, tras la declaración a los Investigadores y en conjunto con los demás ente judiciales y policiales logran identificar con el posible sospecho ( indicamos que posible sospechoso, porque en nuestra leyes se establece que no se le puede indicar a individuo como culpable, a menos que un juzgado lo indique), tras la captura del posible sospechoso, se le lleva a la fiscalía donde se le indican que es sospechoso de una violación, el mismo niega los cargos en su contra, los personeros judiciales, desde el momento de su captura, han tratado de una forma agresiva al  posible sospechoso, lo han  hostigado, le han propinado golpes sin ningún motivo y hasta se la privado de hacer la llamada telefónica que tiene derechos, además en varias ocasiones el sospechoso han indicado conocer más información sobre el hecho del cual se le imputa y ha recibido negativas ante la petición, estás y otras situaciones que se han presentado desde el momento de la detención hasta ahora, han convertido al sujeto activo de violación, a sujeto pasivo del Sistema de la Administración de la Justicia.
Ahora bien como podría pasar un sujeto pasivo del delito a  ser un sujeto activo, cuando decide hacer justicia por su propias manos, ante la poca credibilidad de la justicia.
Cualquier de nosotros podemos ser víctimas de un sujeto pasivo,  pero eso no nos hace inmunes a convertirnos en sujetos activos, situaciones como estás no deberían presentarse, y se podría evitar mediante una buena labor del Sistema de la Administración de la Justicia, donde se apliquen las leyes como deben ser, si las víctimas ven que se hizo justicia y que la personas infractora esta pagando por el daño que le género, esto le genera confianza y credibilidad en la justicia, pero si por el contrario, el agresor logra libertad o un castigo menor, la víctima perderá la credibilidad y en un futuros, si vuelve a pasar por situaciones similares va a preferir no denunciar o hacer justicia por su cuenta, generando más violencia de la que ya tiene nuestro país.
Noticia Nacional:
Mujer irá 20 años a prisión por violar a menor de edad:
En la siguiente noticia, podemos señalar que el Sujeto Activo, es la mujer de 20 años la cual comete el delito de violación en contra del menor de edad (Sujeto Pasivo).
A continuación adjunto enlace de la noticia.
Referencias Bibliográficas:
Machicado J. (2018). Sujeto del Delito. Apuntes  Jurídicos. Bolivia. Recopilado de: https://jorgemachicado.blogspot.com/2009/03/sujeto-del-delito.html
Arias Matarrita A, Barrantes Masis M. (2013). “ La Participación de la Víctima de delitos sexuales durante la fase de ejecución dentro del proceso penal Costarricense. Costa Rica. Recopilado de: file:///C:/Users/N350/Documents/UNED/Undécimo%20Cuatrimestre/Victomología/Tema%207/Lectura%20número%208.%20Participación%20de%20las%20víctimas%20en%20los%20procesos%20penales.pdf
Pérez González K. (2010). Mujer irá 20 años a prisión por violar a menor de edad. El mundo. CR. Costa Rica. Recopilado de: https://www.elmundo.cr/mujer-ira-20-anos-a-prision-por-violar-a-menor-de-edad/





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